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Título : Límites a la libertad de creación y producción literaria y artística en un Estado democrático: un análisis constitucional
Autor : Requena De Torre, María Dolores
Navarro De la Riva, Carlota
Universidad Pontificia Comillas, Facultad de Derecho
Fecha de publicación : 2026
Resumen : El presente trabajo analiza los límites constitucionales de la libertad de creación y producción artística y literaria (en adelante, LCA) reconocida en el artículo 20.1.b) de la Constitución Española. A través de un análisis jurisprudencial del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, se identifican los bienes jurídicos con los que esta libertad colisiona —el honor, la integridad moral, la protección de la infancia y la juventud, los sentimientos religiosos y el discurso político— y se determinan los criterios que permiten delimitar cuándo una restricción resulta constitucionalmente legítima. El trabajo concluye que la debilidad en la autonomía conceptual de la LCA condiciona la delimitación de sus límites, que los tribunales aplican el juicio de necesidad atendiendo exclusivamente al daño causado sin valorar la aportación positiva de la creación artística, y que el daño simbólico solo resulta constitucionalmente relevante cuando se concreta en una persona identificable, genera un riesgo real e inminente de violencia, o afecta al desarrollo de menores.
This paper analyses the constitutional limits of the freedom of artistic and literary creation and production recognised in Article 20.1.b) of the Spanish Constitution. Through a case-law analysis of the Constitutional Court and the European Court of Human Rights, it identifies the legal interests with which this freedom collides —honour, moral integrity, the protection of minors, religious feelings and political speech— and determines the criteria that define when a restriction is constitutionally legitimate. The paper concludes that the lack of conceptual autonomy of this freedom conditions the delimitation of its limits, that courts apply the necessity test by focusing exclusively on the harm caused without weighing the positive contribution of artistic creation, and that symbolic harm is only constitutionally relevant when it affects an identifiable person, generates a real and imminent risk of violence, or interferes with the development of minors.
Descripción : Grado en Administración y Dirección de Empresas y Grado en Derecho
URI : http://hdl.handle.net/11531/101036
Aparece en las colecciones: TFG, TFM (temporales)

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