Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/11531/19728
Título : Límites en la acción del administrador único en una sociedad donde es accionista y hay conflicto de intereses
Autor : Veiga Copo, Abel Benito
Rubiales Villegas, Sofía Consuelo
Universidad Pontificia Comillas, Facultad de Derecho
Palabras clave : 56 Ciencias Jurídicas y Derecho;5605 Legislación y leyes nacionales;560503 Derecho mercantil
Fecha de publicación : 2018
Resumen : Este trabajo estudia los deberes y derechos de los órganos de las sociedades de capital. El órgano de administración y la junta general son dos órganos esenciales en el gobierno de una sociedad. Cada uno de ellos tiene un ámbito competencial autónomo, con unos deberes y unos derechos. El órgano de administración tiene encomendada la gestión y representación de la sociedad, y son dos máximas las que tienen que regir su comportamiento, esto es, han de actuar bajo el estándar de un ordenado empresario y un representante leal. Por su parte, los socios se organizan en la junta general que es el órgano soberano de la sociedad y funciona bajo el principio mayoritario. El interés social ha de regir la actuación de ambos órganos. Sin embargo, mientras que el administrador actúa en representación de un interés ajeno no siempre sucede lo mismo con el socio donde suele haber una mayor convergencia entre su interés personal y el interés social, pues es el interés personal de varios socios en que se concreta en una finalidad común, y este es el interés de la sociedad.
This paper studies the duties and rights of the corporate bodies of capital companies. The administrators and the general meeting are two essential organs in the governance of a society. Each of them has an autonomous area of ​​competence, with some duties and rights. The management body is entrusted with the management and representation of society, that are the two maxims that must govern their behaviour, that is, they must act under the standard of an orderly businessman and a loyal representative. On the other hand, the shareholders are organized in the general meeting that is the sovereign organ of the society and works under the majority principle. The social interest must govern the performance of both bodies. However, while the administrator acts on behalf of someone else's interest, it is not always the same with the partner where there is usually a greater convergence between their personal interest and the social interest, since it is the personal interest of several partners in which it is specified in a common purpose, and this is the interest of society.
Descripción : Grado en Derecho y Grado en Administración y Dirección de Empresas
URI : http://hdl.handle.net/11531/19728
Aparece en las colecciones: KDB-Trabajos Fin de Grado

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