Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/11531/28793
Título : La capitalización de deuda: administración de hecho y conflicto de interés de los acreedores financieros
Autor : Veiga Copo, Abel Benito
Díaz de la Figuera, Rodrigo
Universidad Pontificia Comillas, Facultad de Derecho
Palabras clave : 56 Ciencias Jurídicas y Derecho;5605 Legislación y leyes nacionales;560503 Derecho mercantil;53 Ciencias económicas;5311 Organización y dirección de empresas;531102 Gestión financiera
Fecha de publicación : 2019
Resumen : Desde la crisis financiera que tuvo lugar en 2007, las reformas en materia concursal han tenido como objetivo el fomento de los acuerdos de refinanciación protegiendo a los acreedores financieros, a los cuales hasta se ha llegado a blindar. La última redacción del artículo 93.2.2º de la Ley Concursal es buena prueba de ello, al exonerar, salvo prueba en contrario, a las entidades financieras de la calificación de administrador de hecho tras la firma de un acuerdo de refinanciación, y por ende, de sus consecuencias. Es en estos acuerdos en los que se incluyen covenants que confieren a las entidades financieras facultades de administración y gestión de las compañías. No obstante, dado el afán protector del legislador y la vehemencia de nuestros Juzgados y Tribunales, se está permitiendo un fenómeno que nuestro ordenamiento trata de erradicar.
Since the financial crisis in 2007, Insolvency Law reforms have been aimed at promoting refinancing agreements by protecting financial creditors, who have even been shielded. The latest wording of article 93.2.2º of the Insolvency Law is good proof of this, as it exonerates financial institutions, unless there is evidence to the contrary, from the qualification of de facto director after the signing of a refinancing agreement, and therefore, from its consequences. It is in these agreements that covenants are included that give financial institutions powers of administration and management of companies. However, given the protective zeal of the legislator and the vehemence of our Courts, a phenomenon that our legal system tries to eradicate is being allowed.
Descripción : Grado en Derecho y Grado en Administración y Dirección de Empresas
URI : http://hdl.handle.net/11531/28793
Aparece en las colecciones: KDB-Trabajos Fin de Grado

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