Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/11531/30540
Título : La fase formativa del contrato en Derecho español y sus diferencias con el Common Law
Autor : Corripio Gil-Delgado, María Reyes
Villasante del Corral, Luis
Universidad Pontificia Comillas, Facultad de Derecho
Fecha de publicación : 2019
Resumen : El concepto de tratos preliminares abarca todos aquellos contactos y negociaciones que se producen entre las partes negociadoras, bien hasta su ruptura o hasta la celebración de un contrato que las vincule. Los tratos preliminares no están regulados en el derecho positivo español y, en sí mismos, no producen efectos jurídicos entre las partes. La naturaleza de la responsabilidad precontractual (esto es, si se trata de una responsabilidad contractual o extracontractual), es una cuestión debatida en nuestra doctrina y jurisprudencia, aunque existe acuerdo en que durante la fase de formación del contrato las partes están obligadas a comportarse de buena fe y lealmente. En cuanto a la indemnización del daño, dado que aún no existe contrato no es posible pretender que el perjudicado obtenga los beneficios económicos que podría haberle reportado su ejecución. En su lugar, se tratará de reparar los perjuicios derivados del hecho de la negociación en sí y de su ruptura (interés contractual negativo). En el derecho anglosajón el deber entre las partes negociadoras de un contrato es muy limitado y los tribunales han reconocido a las partes la libertad de negociar un trato sin el temor de que, en ausencia de un contrato, se declare su responsabilidad precontractual. En el periodo de formación del contrato las partes no se deben ninguna obligación genérica de buena fe. En common law no puede hablarse de un régimen unitario de responsabilidad, sino de supuestos determinados en los que cabe exigir responsabilidad a una parte negociadora: nos referimos principalmente al enriquecimiento injusto, a las declaraciones falsas (misrepresentations) y al impedimento promisorio (promissory estoppel). En el primer supuesto la medida de la compensación es el interés de restitución (restitution interest), mientras que, en el resto de escenarios, la compensación se basa en el interés de confianza (reliance interest).
The concept of preliminary dealings embraces all the contracts and negotiations that are initiated by the parties until the breaking of such dealings or until a contract is actually celebrated. The preliminary dealings are not regulated by the Spanish statutory law, and therefore cannot be directly enforced between the parties. Although the nature of precontractual liability (whether it has a contractual or tortious nature) has been a matter widely discussed by our scholars and case law, there is an agreement that during contract formation the parties are obliged by the principles of good faith and loyalty. Moving into a possible indemnification, and given that there is still no contract, it is impossible for the claimant to aim for the compensation of the profits it could have obtained from its performance. Instead, he could aim for the damages produced by the negotiations and the rupture thereof. In Common Law jurisdictions, the duties and obligations between the parties are quite limited, and the courts have generally given the parties enough freedom to negotiate without the fear that, in absence of a contract, their precontractual liability could be enforced. During contract formation the parties have no obligation of following any principle of good faith. In Common law we do not find a unique regime of responsibility, but different scenarios in which liability may be imposed upon one of the bargaining parties. We mainly refer to concepts like unjust enrichment, misrepresentations and promissory estoppel. For unjust enrichment the form of compensation is the restitution interest, whilst in the other scenarios the compensation is based on the reliance interest.
Descripción : Grado en Derecho
URI : http://hdl.handle.net/11531/30540
Aparece en las colecciones: KDB-Trabajos Fin de Grado

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