Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/11531/30819
Título : Mediacion y nuevos metodos de resolucion de conflictos: El impacto sobre el resarcimiento de la victima y la reinsercion del condenado
Autor : Díaz Baños, Manuel
Castro Rivera, Inés
Universidad Pontificia Comillas, Facultad de Derecho
Fecha de publicación : 2019
Resumen : Estos últimos años la tenencia en materia penal ha sido el aumento de las penas como modo de represión y de prevención. Al fin y al cabo, el derecho penal es realmente eficaz cuando de él se deriva un cambio en los comportamientos socialmente no admitidos y que lesionan la paz social y los bienes jurídicos que intenta proteger. El movimiento de la justicia restaurativa es un movimiento que aspira a remplazar el sistema penal clásico represivo y vengador por una justicia reparadora y satisfactoria. Ese movimiento atiende a un control social legitimado que desplegaría más eficacia que un sistema simplemente coercitivo y abarca las concepciones de reparación y de reintegración. A nivel nacional, una de las bases legales, es el Estatuto de la víctima del 2015, Non obstante salvo algunas disposiciones penales, la mediación penal para adultos sigue careciendo de regulación expresa en España. En un ámbito de la justicia de menores, el movimiento restaurador penal ya ha cobrado vigencia con la Ley Orgánica 5/2000, que introdujo la conciliación y la reparación del perjuicio. El proceso penal ordinario enajena la voluntad de la víctima, se produce una desapropiación del conflicto. Participando en el proceso de resolución del conflicto se le brinda la oportunidad de aliviar todos esos sentimientos de indignación, sufrimiento e incomprensión de esa forma se reduce su auto victimización. Se le facilita un espacio de escucha seguro en el que se ve atendida y donde se da prioridad a sus necesidades y sentimientos. Para el infractor la mediación es ante todo un mecanismo de responsabilización. La implicación emocional en la resolución del conflicto es condición necesaria para adquirir conocimientos duraderos que eviten que recaigas en viejos hábitos y hace que el delincuente no padezca el proceso, sino que lo sienta. La posibilidad que ofrece la mediación de recurrir a medidas diversas e individualizadas también potencia la rehabilitación. La justicia restaurativa se puede incluso sopesarse en el delito de violencia de género teniendo en cuento obviamente las singularidades de la relación entre las partes. la mediación vicaria sería la más idónea para lograr el resarcimiento de la víctima y un cambio de actitud en el infractor.
In recent years, tenure in criminal matters has been the increase in penalties as a means of repression and prevention. After all, the criminal law is really effective when it derives a change in the behaviors socially not admitted and that harm the social peace and the legal rights that it tries to protect. The restorative justice movement is a movement that aims to replace the repressive and avenging classic penal system with a restorative and satisfactory justice. This movement attends to a legitimated social control that would deploy more effectively than a simply coercive system and includes the concepts of reparation and reintegration. At the national level, one of the legal bases is the Statute of the victim of 2015, notwithstanding some criminal provisions, criminal mediation for adults continues to lack express regulation in Spain. In an area of juvenile justice, the criminal restorative movement has already become effective with the Organic Law 5/2000, which introduced the conciliation and compensation of harm. The ordinary criminal process alienates the will of the victim, there is a misappropriation of the conflict. Participating in the conflict resolution process is given the opportunity to alleviate all those feelings of indignation, suffering and incomprehension in that way their self-victimization is reduced. It provides a safe listening space in which it is attended and where priority is given to their needs and feelings. For the offender, mediation is primarily a mechanism of accountability. The emotional involvement in the resolution of the conflict is a necessary condition to acquire lasting knowledge that prevents you from falling back into old habits and makes the offender not suffer the process, but feel it. The possibility offered by the mediation of resorting to diverse and individualized measures also enhances rehabilitation. Restorative justice can even be weighed against the crime of gender violence, obviously taking into account the singularities of the relationship between the parties. the vicarious mediation would be the most appropriate to achieve the victim's compensation and a change of attitude in the offender.
Descripción : Grado en Derecho
URI : http://hdl.handle.net/11531/30819
Aparece en las colecciones: KDB-Trabajos Fin de Grado

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