Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/11531/38340
Título : Tratamiento jurídico de los Robo Advisors ante la Directiva Mifid2
Autor : Sanz Bayón, Pablo
Río Estévez, Javier del
Universidad Pontificia Comillas, Facultad de Derecho
Palabras clave : 56 Ciencias Jurídicas y Derecho;5605 Legislación y leyes nacionales;560503 Derecho mercantil
Fecha de publicación : 2020
Resumen : En este trabajo se abordará la irrupción de los robo-advisors en los servicios de asesoramiento y la situación normativa en la que se encuentran actualmente estos servicios. Estos servicios de asesoramiento automatizado, surgen en un primer momento como respuesta a la crisis económica y con una finalidad de democratizar el asesoramiento financiero. El crecimiento significativo de los mismos, y la generalización de su uso por parte de las entidades asesoras tradicionales, han llevado a las autoridades legislativas y supervisoras a poner el foco en la regulación aplicable a las mismas. SI bien en un primer momento no se contemplaron en las regulaciones, la postura cambió con la publicación de MiFID II, haciendo ésta referencia concreta a que la prestación del servicio de asesoramiento financiero de forma automatizada implica la misma responsabilidad que si se prestara sin hacer uso de este tipo de herramientas. A raíz de esta normativa, ESMA ha recogido una serie de aspectos relevantes a tener en cuenta en la prestación del asesoramiento de forma automática, que han quedado recogidos en una serie de directrices. En España actualmente, la CNMV exige que las empresas que hacen uso de esta tecnología para prestar los servicios de asesoramiento han de registrarse como alguno de los tipos de empresas de servicios de inversión recogidos en nuestra regulación, siendo aplicable la normativa de los mismos en términos genéricos. El trabajo realizará también un análisis crítico sobre la situación normativa actual y las posibles innovaciones regulatorias que podrán ser introducidas de cara a lograr un panorama legislativo que asegure la protección de los inversores.
This work addresses the irruption of robo-advisors in the advisory services and the current legislation applicable to them. The automated advisory service appears, in a first moment, as an answer to the economic crisis and with the purpose of democratization of the financial advice. The significant growth of these services, together with a general use by the traditional advisory entities, has led legislative and supervisory authorities to focus on the regulation applicable to them. Even though at the beginning the provision of automated advisory services was not included in the regulation, the situation changed with the publication of MIFID II, which expressly refers to the provision of advisory services through an automated system and the responsibility of the firms using these systems. Upon the publication of MIFID II, ESMA has published guidelines which include relevant issues when providing automated advice. In Spain, the CNMV requests that the entities using this kind of technology for the provision of advisory services must be registered as an investment service entity and therefore being regulated by the regimen applicable to this kind of entities. The work will also analyze the current legal situation and possible future regulations which could be included in order to complete a regimen to ensure investor protection.
Descripción : Grado en Administración y Dirección de Empresas y Grado en Derecho
URI : http://hdl.handle.net/11531/38340
Aparece en las colecciones: KDB-Trabajos Fin de Grado

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