Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/11531/38556
Título : Concordancia entre el Registro de la Propiedad y la realidad física y jurídica extrarregistral : excesos y defectos de cabida en la Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo
Autor : de Couto Gálvez, Rosa
Burgos Ávila, Teresa
Universidad Pontificia Comillas, Facultad de Derecho
Palabras clave : 56 Ciencias Jurídicas y Derecho;5605 Legislación y leyes nacionales;560502 Derecho civil
Fecha de publicación : 2020
Resumen : El objeto de este trabajo es estudiar, a los casi cinco años de su promulgación, el acierto y la eficacia de la Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo (BOE de 25 de junio de 2015). Para llevar a cabo este estudio, centraremos la cuestión en los denominados “excesos y defectos de cabida” de las fincas registrales por considerar que constituyen la figura más apropiada para dar cauce a la coordinación prevista en la Ley. Como ha señalado en numerosas resoluciones la Dirección General de los Registros y del Notariado – a raíz del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales (BOE de 29 de enero de 2020) Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública – los “excesos y defectos de cabida” no son alteraciones de la cabida superficial de la finca en su realidad física, que tanto en el Registro de la Propiedad como fuera de él es un cuerpo cierto, sino defectos en la descripción registral de la finca que, no obstante, no impiden su delimitación. De ahí que se puedan subsanar y es conveniente hacerlo en aras de la claridad de los asientos registrales y de la eficacia del Registro en su función de dotar de seguridad jurídica preventiva al tráfico jurídico inmobiliario.
The aim of this work is to study, almost five years after its promulgation, the success and effectiveness of Law 13/2015, of June 24, on the Reform of the Mortgage Law approved by Decree of February 8, 1946 and of the consolidated text of the Real Estate Cadastre Law, approved by Royal Legislative Decree 1/2004 of March 5 (BOE of June 25, 2015). We will focus on the so-called “excesses and shortcomings of capacity” of the registry properties, considering that they constitute the most appropriate figure to channel the coordination provided in the Law. As the General Directorate of Registries and Notaries have pointed out in numerous resolutions - following Royal Decree 139/2020, of January 28, which establishes the basic organic structure of ministerial departments (BOE of January 29, 2020) General Directorate of Legal Security and Public Faith - the "excesses and defects of capacity" are not alterations of the surface capacity of the property in its physical reality, which both in the Property Registry and outside it is a true body , but defects in the registry description of the property that, however, do not prevent its delimitation. Hence, they can be corrected and it is convenient to do so for the sake of clarity of the registry entries and the effectiveness of the Registry in its function of providing preventive legal security to real estate legal traffic.
Descripción : Grado en Derecho y Grado en Relaciones Internacionales
URI : http://hdl.handle.net/11531/38556
Aparece en las colecciones: KDB-Trabajos Fin de Grado

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