Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/11531/38571
Título : Reconocimiento y ejecución de laudos arbitrales extranjeros en España.
Autor : Adroher Biosca, María Salomé
Pereira Piriz, Marta
Universidad Pontificia Comillas, Facultad de Derecho
Fecha de publicación : 2020
Resumen : Vivimos en una sociedad, en la cual debido a la globalización y al mayor número de conexiones entre distintos países, el Derecho internacional privado ha adquirido mayor importancia, tanto en el ámbito profesional como en el personal. Además, en el terreno de los asuntos internacionales, es destacable el uso de los procedimientos que nos ofrecen los métodos de resolución alternativos de disputas, como pueden ser, el arbitraje, la mediación o la conciliación. Estos procedimientos, facilitan que se llegue a un acuerdo entre personas físicas o jurídicas internacionales, puesto que en la mayor parte de ellos se permite elegir las normas que rigen el mismo. No obstante, aunque la flexibilización de estos procedimientos es muy amplia, existen regulaciones internacionales como es el Convenio de Nueva York de 1958. Fue en este momento, cuando se consideró por numerosos estados, que se debía establecer una regulación en torno al reconocimiento y ejecución de los laudos arbitrales en países distintos al que habían tenido origen y unos presupuestos tasados de denegación, para así, promover el exequatur de decisiones arbitrales internacionales. En este trabajo, se analiza la forma en la que los tribunales españoles , han venido interpretando y aplicando estos motivos, así como la reticencia por parte de las autoridades de nuestro país para denegar el exequatur.
The society we live, due to globalization and the increasing number of connections between different countries, the private international law has become more important, in both professionally and personally ways. Furthermore, in the field of international affairs, the use of procedures offered by alternative dispute resolution methods, such as arbitration, mediation or conciliation, is noteworthy. These procedures, make it easier to reach an agreement between individuals or international corporations, since most of them allow to choose the laws that govern them. However, although the flexibility of these procedures is very broad, there are international regulations such as the New York Convention of 1958. It was at this time, when many states started to consider, that a regulation regarding the recognition and enforcement of arbitral awards in a different country that the one it was originated, and taxed assumptions of refusal, should be established, in order to promote the exequatur of international arbitral decisions. In this thesis, we analyze the way in which Spanish courts have been interpreting and applying these grounds, as well as the reluctance of the authorities in our country, to deny exequatur.
Descripción : Grado en Administración y Dirección de Empresas y Grado en Derecho
URI : http://hdl.handle.net/11531/38571
Aparece en las colecciones: KDB-Trabajos Fin de Grado

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