Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/11531/48239
Título : Los sistemas de alerta temprana en Derecho Concursal
Autor : Sebastián Quetglas, Rafael
Manzanedo Delgado, María Elvira
Universidad Pontificia Comillas, Facultad de Derecho
Fecha de publicación : 2021
Resumen : Es por todos conocido que el presupuesto de toda prevención es la información. La insolvencia no es un mal que acontezca de un día para otro, sino más bien un mal gradual. Si queremos prevenirla, tenemos que estar informados. Las herramientas de alerta temprana nos permiten detectar los síntomas de esta insolvencia, efectuar un diagnóstico acertado y actuar tempestivamente; salvando a las empresas viables y liquidando a las que no lo son cuando todavía puede satisfacerse a sus acreedores. La Directiva europea 2019/1023 ofrece diferentes alternativas para configurar este sistema de alerta temprana. Todas ellas encuentran apoyo en la literatura jurídico-financiera y se han puesto en práctica en países como Italia, Francia y Dinamarca. España se enfrenta ahora al reto de adaptar su ordenamiento a las exigencias de la Directiva europea. Las opciones, ciertamente variadas, abarcan: las herramientas de autodiagnóstico basadas en índices y ratios financieros, las advertencias por terceros (auditores, administración pública y determinados acreedores) y los sistemas de asesoramiento público o privado. La eficacia de estas herramientas dependerá, en todo caso, de que se acompañen de incentivos para que los empresarios y administradores sociales hagan uso de las mimas. Estos incentivos, que deberán incluirse en la normativa societaria y concursal, pasan por redefinir el alcance del deber de diligencia de los administradores y reformar el sistema de calificación concursal. Si el legislador español afronta el reto al que se enfrenta con determinación y valentía, podremos invertir los porcentajes de manera que, llegado el momento, el 90% de los concursos acaben en convenio, y no en liquidación.
It is known that the foundation of prevention is information. Insolvency does not usually happen overnight. It is rather a gradual process. If we want to prevent insolvency, we have to be informed. Early warning tools allow us to detect the symptoms of insolvency, make an accurate diagnosis and react in a timely manner; saving viable companies and liquidating those that are not when their creditors can still be paid. The European Directive 2019/1023 offers different alternatives to set up this early warning system. All of them find support in the legal and financial literature and have been implemented in countries such as Italy, France and Denmark. Spain now faces the challenge of adapting its legislation to the requirements of the European Directive. The options, which are certainly varied, include: self-diagnostic tools based on financial ratios and indices, third party warnings (auditors, public administration and certain creditors) and public or private advisory systems. Regardless of the option chosen, the effectiveness of the early warning tools depends on introducing a set of incentives that encourage entrepreneurs and directors to make use of them. These incentives, which should be included in corporate and insolvency legislation, range from redefining the scope of the duty of diligence of directors to reforming the “calificación concursal” system. If the Spanish legislator faces this challenge with determination and courage, we will be able to reverse the percentages so that, when the time comes, 90% of bankruptcy procedures end in agreement, and not in liquidation.
Descripción : Grado en Administración y Dirección de Empresas y Grado en Derecho
URI : http://hdl.handle.net/11531/48239
Aparece en las colecciones: KDB-Trabajos Fin de Grado

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