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http://hdl.handle.net/11531/56523
Título : | La Inversión Extranjera Directa de China en la UE. Desafíos Regulatorios |
Autor : | Robinson, Robert Andrew Yubero Gutiérrez, Ángela Universidad Pontificia Comillas, Facultad de Ciencias Humanas y Sociales |
Palabras clave : | 59 Ciencia política;5901 Relaciones internacionales;590104 Tratados y acuerdos internacionales |
Fecha de publicación : | 2022 |
Resumen : | El marcado proceso de desarrollo económico chino en los últimos tiempos, unido al creciente flujo de inversión extranjera directa en la Unión Europea, constituyen un fenómeno que, significativamente desde 2016, ha suscitado el debate en el seno de las instituciones europeas y nacionales. El objeto de estudio tratará de dilucidar cómo conciliar una política abierta a la inversión china, con los mecanismos de control pertinentes a efectos de salvaguardar la integridad y seguridad del capital de la Unión Europea, así como sus infraestructuras y activos estratégicos.
Inversión que encontrará su fundamento explicativo en el paradigma ecléctico (OLI) del economista John Harry Dunning. Mediante el mismo, por un lado, se adentrará en los factores concretos que la Unión Europea como destino de inversión presenta de cara al inversor chino. Inversor cuyos motivos para invertir variarán en función de una división geográfica, de propiedad y sectorial. Y, por otro lado, a través de dicho marco teórico se respaldará la idea de la inminente necesidad de alcanzar una mayor reciprocidad en las relaciones de inversión UE-China, marcadas hasta la fecha por un desequilibrio apreciablemente favorable a Pekín.
Tras evaluar teóricamente y mediante un estudio de caso específico este nuevo paradigma caracterizado por la internacionalización, avance y apertura del mercado chino y sus empresas; se concluirá que efectivamente, se requiere de la implantación de mecanismos regulatorios complementarios a los que se disponían anteriormente, como es el Reglamento para el Control de las Inversiones Extranjeras Directas en la Unión Europea. Reglamento aplicable desde 2020 que, como se defenderá, ha de ir entrelazado con un Acuerdo Bilateral de Inversiones entre la Unión Europea y China con el fin de optimizar al máximo los beneficios de estos flujos de inversión. Entendimiento cuyo éxito garantizará una relación recíproca, beneficiosa y ambiciosa entre dos de las potencias económicas más grandes del globo. The sharp process of Chinese economic development in recent times, coupled with the growing flow of foreign direct investment into the European Union, is a phenomenon that, significantly since 2016, has sparked debate within European and national institutions. The object of study will seek to elucidate how to reconcile an open policy to Chinese investment, with the relevant control mechanisms in order to safeguard the integrity and security of European Union’s capital, as well as its strategic infrastructures and assets. Investment that will find its explanatory basis in the eclectic paradigm (OLI) of the economist John Harry Dunning. Through it, on the one hand, we will delve into the specific factors that the European Union as an investment destination presents in the eyes of the Chinese investor. Investors whose motives to invest will vary according to a geographical, ownership and sectoral division. And, on the other hand, the theoretical framework will support the idea of the imminent need to achieve greater reciprocity in the EU-China investment relations, dominated to date by a markedly pro-Beijing imbalance. After theoretically evaluating and by means of a specific case study this new paradigm characterised by the internationalisation, progress and opening of the Chinese market and its companies; it will be concluded that the implementation of regulatory mechanisms complementary to those previously available, such as the Regulation for the Control of Foreign Direct Investment in the European Union, is indeed required. A Regulation applicable since 2020 which, as we will argue, must be intertwined with a Bilateral Investment Agreement between the European Union and China in order to optimise the benefits of these investment flows to the maximum. An understanding whose success will guarantee a reciprocal, beneficial and ambitious relationship between two of the world's largest economic powers. |
Descripción : | Grado en Derecho y Grado en Relaciones Internacionales |
URI : | http://hdl.handle.net/11531/56523 |
Aparece en las colecciones: | KR2-Trabajos Fin de Grado |
Ficheros en este ítem:
Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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TFG- Yubero, Gutierrez, Angela.pdf | Trabajo Fin de Grado | 2,26 MB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir |
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