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dc.contributor.advisorMartín Baumeister, Bruno Walteres-ES
dc.contributor.authorMejía Caballero, Mauricioes-ES
dc.contributor.otherUniversidad Pontificia Comillas, Facultad de Derechoes_ES
dc.date.accessioned2016-07-18T11:31:29Z
dc.date.availablees_ES
dc.date.issued2017es_ES
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11531/10606
dc.descriptionGrado en Derechoes_ES
dc.description.abstractEl 3 de diciembre de 2014, mediante ley 31/2004, la Ley de Sociedades de Capital fue modificada en aras de mejorar el gobierno corporativo. El centro de interés de este trabajo es la modificación del régimen de competencias de la Junta General de las sociedades de capital, sobre todo, atendiendo a la introducción de una aprobación preliminar -art. 160 f)- de ésta sobre las operaciones de “adquisición, enajenación o la aportación a otra de activos esenciales”. La interpretación y aplicación de este precepto ha suscitado muchas dudas en los practicantes quienes han debido de extremar cautelas para no caer en el supuesto de la ley y ver los diferentes negocios jurídicos celebrados sin la previa autorización, anulados con las duras consecuencias que eso acarrea. La pregunta central de este trabajo es si es posible considerar los actos de gravamen o garantía como actos de enajenación. Teniendo en cuenta que, para la doctrina de la DGRN, son considerados “actos neutros” ¿cómo tratar, por ejemplo, una hipoteca sobre un activo esencial que podría tener como consecuencia, evidentemente, la ejecución del mismo? La respuesta pasa por responder no solo en virtud del criterio cuantitativo establecido en la norma si no, también, en virtud de criterios cualitativos sobre los que no existe certeza. La Doctrina se encuentra dividida entre quienes creen que existen fundamentos suficientes (antecedentes legislativos, la literalidad del precepto y una interpretación “lógica” del mismo, por ejemplo) que solo nos pueden llevar a la conclusión contraria. Pero, por supuesto, hay quienes piensan que un acto de gravamen sí puede consistir en un acto de disposición que haga necesaria la aprobación previa de la Junta General. Mi objetivo es analizar las diferentes posiciones doctrinales y llegar a una conclusión que pasará por realizar un “test” de ponderación entre los diferentes intereses en juego. De un lado, el derecho, fundamentado en la LSC, de la Junta General de pronunciarse sobre la disposición de activos esenciales y; por otro, la seguridad y celeridad en el tráfico mercantil. Considero necesario, ante la ausencia de una jurisprudencia definida o de un criterio claro adoptado por la Administración, esclarecer los límites de este articulo cuya interpretación ya ha traído bastantes problemas.es-ES
dc.description.abstractThe Law 31/2014 has modified the Spanish Company Law. One of the main modifications introduced by the law is the power given to the General Assembly of shareholders to have the last word in any acquisition, disposal or contribution to other company concerning significant assets (article 160 f) LSC.). The implementation of these reforms has caused many problems in law practitioners because the interpretation given to the new regulations is not unanimous. My main objective is to determine whether or not we could consider encumbrances (i.e. a mortgage) as an act of disposal that could fall within the scope of the disposition. Given the fact that, for example, the mortgage includes the right to foreclose we could understand that this encumbrance could in fact become an act of disposal so it should be concerned by the disposition. In order to answer this question we should apply the quantitative criteria given by the law but also qualitative criteria that lack certitude. The doctrine is divided between those who believe that this interpretation is correct and those who believe it makes no sense. Both of those positions will be analysed and compared keeping in mind the many interests that could be affected, for example, the rights given to the General Assembly or the legal certainty concerning commerce.en-GB
dc.format.mimetypeapplication/pdfes_ES
dc.language.isoes-ESes_ES
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United Stateses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/us/es_ES
dc.subject56 Ciencias Jurídicas y Derechoes_ES
dc.subject5605 Legislación y leyes nacionaleses_ES
dc.subject560503 Derecho mercantiles_Es
dc.subject.otherKBFes_ES
dc.titleEl artículo 160 f) de la Ley de Sociedades de Capital y los actos de gravamenes_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.keywordsactivos esenciales, disposición, enajenación, gravamenes-ES
dc.keywordsSignificant transactions, disposal, encumbrances, essential assetsen-GB


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