Tres visiones del Derecho, la Literatura y la Utopía
Fecha
04/06/2019Autor
Estado
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Este trabajo constituye un punto de encuentro entre el Derecho, la Literatura y la Utopía a través de tres obras: Utopía (1516), de Tomás Moro; La ciudad del sol (escrita en 1602 y publicada, ya póstumamente, en 1623), de Tomasso de Campanella y los Comentarios Reales (1609) del Inca Garcilaso de la Vega. La preocupación por la elaboración de las leyes y la afición a las Letras del autor seguido, José Mª Castán Vázquez, justifican el interés por lo deseable aun cuando sea irrealizable. La imaginación jurídica complementa, tal vez, la apelación a los deseos irrealizables. This paper means a meeting point between Law, Literature and Utopia through three works: Utopia (1516), by Thomas Moro; Civitas Solis (written in 1602 and published, already posthumously, in 1623), by Tomasso de Campanella and Royal Commentaries (1609) by Inca Garcilaso de la Vega. The concern for the development of laws and the fondness for literature of the author followed, José Mª Castán Vázquez, justify the interest for the desirable even when it is unrealizable. Legal imagination complements, perhaps, the appeal to unrealizable desires.
Tres visiones del Derecho, la Literatura y la Utopía
Tipo de Actividad
Capítulos en librosPalabras Clave
Derecho, Literatura, Utopía, Imaginación jurídica.Law, Literature, Utopia, Legal imagination.