El contrato internacional de distribución selectiva en el sector de la moda y el lujo
Resumen
La marca es considerada el principal activo y referente de las empresas, sobre todo de aquellas que buscan ser distinguidas de otras que comercializan productos de idéntica o similar naturaleza. Ya en 2009, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante, TJUE) mantuvo que la calidad de los bienes y servicios de lujo no solo radicaba en su composición material sino también en la imagen o en el prestigio que la propia marca confería a los primeros otorgándoles, a su vez, una sensación de exclusividad (STJUE, núm. 59/08, de 23 de abril de 2009, apartado 24). Si bien en términos generales, todos los titulares de marcas registradas gozan de una fuerte protección frente a terceros reconocida por la Ley de Marcas, solo algunos pueden acudir a determinados acuerdos verticales para reforzar dicha protección. En este trabajo de investigación se pretende analizar el acuerdo de distribución selectiva, que permite a los titulares oficiales de las marcas más exclusivas llevar a cabo prácticas que, en condiciones normales falsearían la competencia. Destacaremos cuáles son los principales puntos en los que podrían estas prácticas entrar en conflicto con el principio de libre competencia y cómo surge el comercio paralelo a nivel transfronterizo. Así, nuestro objetivo final consistirá en examinar las posibles áreas de mejora y aportar algunas soluciones a los problemas mencionados. The trademark is considered the main asset of companies, especially of those seeking distinction from others with similar products. Already in 2009, the Court of Justice of the European Union (hereinafter, CJEU) held that the quality of luxury goods and services not only lies in their material composition but also in the image or prestige that the trademark itself confers, giving them, in turn, a sense of exclusivity (CJEU, No. 59/08, April 23, 2009, paragraph 24). Although in general terms, all trademark owners enjoy a strong protection against third parties recognized by the Trademark Law, only some of them can resort to certain vertical agreements to reinforce such protection. This research paper aims to analyze the selective distribution agreement, which allows the owners of the most exclusive trademarks to carry out practices that, under normal conditions, would distort competition. We will highlight the main points on which these practices could conflict with the principle of free competition and how does parallel trade arise. Thus, our final objective will be to examine possible areas for improvement and to provide some solutions to the above-mentioned problems.
Trabajo Fin de Grado
El contrato internacional de distribución selectiva en el sector de la moda y el lujoTitulación / Programa
Grado en Derecho y Grado en Relaciones InternacionalesMaterias/ UNESCO
56 Ciencias Jurídicas y Derecho5603 Derecho internacional
5605 Legislación y leyes nacionales
560508 Derecho privado
Materias/ categorías / ODS
KDGPalabras Clave
Palabras clave: distribución selectiva, comercio paralelo, marcas, sector del lujo, libre competencia, restricciones, ventas on-line.Key words: selective distribution, parallel imports, trademarks, luxury industry, free competition, restrictions, on-line sales.