El derecho a la intimidad y la cesión de datos personales en las redes sociales
Resumen
Las redes sociales representan una de las mayores fuentes de intercambio de información en nuestra sociedad. Estas plataformas se han creado para facilitar la interacción humana y hacer más eficientes las relaciones sociales y profesionales, permitiendo su rápido y eficaz crecimiento a nivel global. Si bien son innegables las diversas posibilidades y ventajas que ofrecen estas herramientas, también es cierto que implican múltiples riesgos que aún no están completamente previstos.
Este trabajo pretende atajar uno de los grandes problemas relacionados con estas plataformas de interacción social. El acceso y uso de redes sociales exige a los usuarios dar acceso a sus datos personales. La cuestión que se busca resolver es si esa cesión de datos implica una afectación legítima del derecho a la intimidad personal (Art. 18.1 CE) o si por el contrario se trata de una vulneración desproporcionada del derecho fundamental en cuestión.
En este estudio se analiza el impacto de las redes sociales en el derecho a la intimidad y la protección de datos personales. En él, se aplica el principio de proporcionalidad para contrastar la hipótesis de si la cesión de datos implica una vulneración desproporcionada del derecho a la intimidad personal.
Las redes sociales son efectivas para el intercambio de información, y en la mayoría de los casos la injerencia en los derechos a la intimidad y la protección de datos es proporcional. No obstante, hay ciertos escenarios de las redes sociales en los que existe mucho margen de mejora en la protección del derecho a la intimidad y la cesión de datos personales. Social networks represent one of the largest sources of information exchange in our society. These platforms have been created to facilitate human interaction and make social and professional relationships more efficient, enabling their rapid and effective growth at a global level. While the various possibilities and advantages offered by these tools are undeniable, it is also true that they involve multiple risks that are not yet fully foreseen.
This paper aims to address one of the major problems related to these social interaction platforms. Access to and use of social networks requires users to provide access to their personal data. The question we seek to resolve is whether this transfer of data implies a legitimate infringement of the right to personal privacy (Art. 18.1 EC) or whether, on the contrary, it is a disproportionate infringement of the fundamental right in question.
This study analyses the impact of social networks on the right to privacy and the protection of personal data. It applies the principle of proportionality to test the hypothesis of whether the transfer of data implies a disproportionate infringement of the right to personal privacy.
Social networks are effective for the exchange of information, and, in most cases, the interference with the right to privacy and data protection is proportional. However, there are certain social networking scenarios in which there is much room for improvement in the protection of the right to privacy and the transfer of personal data.
Trabajo Fin de Grado
El derecho a la intimidad y la cesión de datos personales en las redes socialesTitulación / Programa
Grado en Administración y Dirección de Empresas y Grado en DerechoMaterias/ UNESCO
56 Ciencias Jurídicas y Derecho5605 Legislación y leyes nacionales
560502 Derecho civil
Materias/ categorías / ODS
KDGPalabras Clave
Redes sociales, derecho a la intimidad, protección de datos, principio de proporcionalidad, privacidad.Social networks, right to privacy, data protection, proportionality, privacy.