El 0,7% del IRPF: un instrumento de financiación del Tercer Sector
Fecha
03/02/2014Estado
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La Ley 33/1987 de 23 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para 1988 en reguló, por vez primera, la posibilidad. Con esta previsión se daba cumplimiento al Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de enero de 1979, que preveía la financiación de la Iglesia Católica a través del mecanismo de la manifestación expresa del contribuyente en su declaración de la renta destinando un porcentaje de la misma, bien a fines religiosos , bien a otros fines de interés social . En esta primera regulación se posibilitó al contribuyente marcar la casilla destinada al sostenimiento de la Iglesia católica o la casilla de otros fines de interés social. La primera convocatoria de subvenciones fue la de 1989 y desde entonces, de forma ininterrumpida, el IRPF ha constituído un elemento esencial de la política social del Estado con el objetivo último de apoyar proyectos dirigidas a luchar contra la exclusión social y a fomentar la igualdad . This article analyzes the public financial system for NGOs in Spain and its constitutional problems
El 0,7% del IRPF: un instrumento de financiación del Tercer Sector
Tipo de Actividad
Artículos en revistasISSN
1886-0400Palabras Clave
Subvenciones del IRPF. ONGs. Tercer SectorNGOs grants. Third Sector in Spain