El impuesto a la emigración del artículo 95 bis de la LIRPF: ¿un impuesto a la financiación de las start-ups?
Fecha
01/03/2019Estado
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Este trabajo analiza el impuesto de salida introducido en el artículo 95 bis de la LIRPF y su consistencia con otros gravámenes similares contenidos en el régimen especial de reorganizaciones de la LIS, así como la compatibilidad de estos con los convenios tributarios y el Derecho de la Unión Europea. Además, se concluye, al contrario que la opinión mayoritaria, que el gravamen no es un obstáculo al desarrollo de start-ups en España, sino la restauración de los principios ordinarios del gravamen de la renta generada durante la residencia en España. This chapter analyses exit tax introduced in art. 95 bis of Spanish Personal Income Tax Act and its coordination with other exit taxes contained in the merger special regime of the Spanish Corporate Income Tax, and their compatibility with double tax conventions and European Union Law. In addition, against a majority opinion, it is concluded that the exit tax does not constitute a barrier on development of stat-ups in Spain, but the correction of ordinary principles of taxation of income obtained by Spanish residents during their residency in our territory.
El impuesto a la emigración del artículo 95 bis de la LIRPF: ¿un impuesto a la financiación de las start-ups?
Tipo de Actividad
Capítulos en librosPalabras Clave
impuesto de salida, impuesto de emigración, salida, emigración, diferimiento, ganancias de capital, realización, aplazamiento, plusvalías, latentes, libertades, libertad de establecimiento, mercado interior, proporcionalidad, convenios tributariosexit tax, exit, deferral, capital gains, realization, appreciation, non-realized, freedoms, freedom of establishment, internal market, proportionality, tax treaties