Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/11531/15044
Título : Comunicación tardía de créditos . Aptitud del incidente concursal para incluir créditos comunicados a los administradores
Autor : Veiga Copo, Abel Benito
Fecha de publicación :  25
Editorial : Dykinson/BOE (Madrid, España)
Resumen : Venían siendo excesivas las contradicciones padecidas por el sistema de nuestro Derecho privado como consecuencia de que la Sala Primera haya dictado desde hace cerca de un siglo sentencias muy dispares, y hasta de signo opuesto, para supuestos prácticamente idénticos. El que, al igual que ya sucede desde hace años en las restantes Salas del Alto Tribunal, la Sala de lo Civil haya tomado la iniciativa de unificar la doctrina por medio de sentencias plenarias dictadas en tantos temas polémicos es algo de lo que todos hemos de felicitarnos, y que tiene una importancia capital. La iniciativa debe ponerse en el haber del Presidente de la Sala primera, Don Juan Antonio Xiol, pero sin olvidar a ninguno de los Magistrados de la misma. Un verdadero acontecimiento que sin duda marcará una nueva etapa en la jurisprudencia del Derecho civil y mercantil. Esta colección de la editorial Dykinson está dedicada específicamente al análisis y comentario de las sentencias de carácter plenario del Tribunal Supremo, con el objeto de dar a conocer a la comunidad científica el contenido de las resoluciones que tratan de cumplir la deseada función profiláctica de la jurisprudencia, y de hacerlo de un modo merecido, con una sede editorial propia. Jueces, Notarios, Registradores, Abogados y Profesores universitarios, entre otros, deben estar al corriente de la nueva jurisprudencia. Naturalmente que el juez está sometido al imperio de la ley, pero es que de ese imperio forma parte todo el contexto que la circunda. Sin que decir esto suponga convertir al precedente judicial en lo que no queremos que sea, es evidente que la ley se conoce, se aprehende y se consume en la misma medida en que es ley interpretada. El conocidísimo artículo 9.3 CE no solo garantiza, entre otras cosas, los principios de legalidad y de jerarquía normativa, sino también el de seguridad jurídica, y de las posibles interpretaciones que una ley puede tener, no más orden judicial que el Tribunal Supremo con la misión de marcar cuál es la que, en principio, debe prevalecer.
Excessive contradictions were being suffered by our system of private law as a result of the First Chamber has issued since nearly a century sentences very different, and even opposite sign, for cases virtually identical. Which, as is already the case for years in the other rooms of the High Court, the Civil Court has taken the initiative to unify the doctrine through plenary judgments on many controversial issues is something that we must all congratulate, and that is of paramount importance. The initiative must be credited to the President of the First Chamber, Don Juan Antonio Xiol, but without forgetting any of the judges of the same. A real event that will mark a new stage in the jurisprudence of civil and commercial law. This collection of Dykinson publishing is specifically dedicated to analysis and commentary sentences plenary character of the Supreme Court, in order to make known to the scientific community the content of the resolutions that seek to meet the desired prophylactic function of jurisprudence , and do a deserved way, with its own editorial office. Judges, notaries, registrars, lawyers and university professors, among others, must be aware of the new law. Naturally, the judge is subject to the rule of law, but that is part of that empire whole context that surrounds it. Not to say this involves converting the legal precedent we do not want it, it is clear that the law is known, is apprehended and consumed in the same way that law is interpreted. Article 9.3 CE not only ensures, among other things, the principles of legality and legal hierarchy, but also of legal certainty and the possible interpretations that a law can have no more court order that the Supreme Court with the mission that mark what in principle should prevail.
Descripción : Capítulos en libros
URI : http://hdl.handle.net/11531/15044
Aparece en las colecciones: Artículos

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