Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/11531/35793
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dc.contributor.authorClaro Quintans, Irenees-ES
dc.date.accessioned2019-03-14T16:59:22Z-
dc.date.available2019-03-14T16:59:22Z-
dc.date.issued01/10/2014es_ES
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11531/35793-
dc.descriptionCapítulos en libroses_ES
dc.description.abstractDentro del marco de la contribución que ha supuesto la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar a la buena gobernanza de los mares y océanos, esta comunicación pretende mostrar cómo ha evolucionado la jurisdicción sobre los incidentes de navegación ocurridos en alta mar. Un buque en alta mar se somete en principio a la jurisdicción exclusiva del Estado del pabellón. No obstante, esta regla admite excepciones tasadas que se refieren a los supuestos de abordaje, piratería, transporte de esclavos, transmisiones no autorizadas de radio o televisión y derecho de persecución. Tomando como punto de partida la respuesta de la Comunidad internacional en el paradigmático asunto del Lotus (Sentencia de la Corte Permanente de Justicia Internacional de 7 de octubre de 1927, CPJI, Serie A, nº 10), nos centraremos en el análisis de dos acontecimientos relativamente recientes -el secuestro por piratas somalíes del atunero Alakrana en 2009 y el asalto israelí a la llamada Flotilla de la Libertad un año más tarde- que muestran una clara evolución respecto al Derecho internacional clásico. Los dos casos que se propone estudiar esta Comunicación han puesto de relieve de nuevo la vigencia de las excepciones relativas al abordaje y a la piratería como ejercicio de policía en alta mar. Hoy en día la respuesta internacional ha variado ante el Derecho internacional contemporáneo. Se constata, de este modo, un cambio de orientación en el ordenamiento jurídico internacional que quizás nos permita contemplarlo como un ser vivo que reacciona frente a la sociedad.es-ES
dc.description.abstractThe rule of the exclusive jurisdiction of the flag State has evolved during the last years. It admitted some exceptions. Taking as a starting point the jurisprudence of the Permanent Court of International Law (Lotus, 7 October 1927), this chapter examines two cases related to this evolution and exceptions: the so-called case of Alakrana (2009), and the military assault of the Freedom Flotilla by Israel (2010).en-GB
dc.format.mimetypeapplication/pdfes_ES
dc.language.isoes-ESes_ES
dc.publisherEditoriale Scientifica (Nápoles, Italia)es_ES
dc.rightses_ES
dc.rights.uries_ES
dc.sourceLibro: La contribución de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar a la buena gobernanza de los mares y océanos, Página inicial: 55, Página final: 64es_ES
dc.titleLas posibles excepciones a la jurisdicción exclusiva del Estado del pabellón en alta mar: un ejemplo de evolución del Derecho del mares_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bookPartes_ES
dc.description.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_ES
dc.rights.holderLos derechos del contrato con la editorial no permiten la difusión electrónica.es_ES
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccesses_ES
dc.keywordsDerecho del mar, jurisdicción exclusiva, Estado del pabellón, Alakrana, Flotilla de la Libertad.es-ES
dc.keywordsLaw of the Sea, exclusive jurisdiction of the flag State, Alakrana, Freedom Flotilla.en-GB
Aparece en las colecciones: Artículos

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