Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/11531/78042
Título : La competencia civil
Autor : Sande Mayo, María Jesús
Fecha de publicación : 1-abr-2022
Editorial : Tirant Lo Blanch (Valencia, España)
Resumen : En este texto se aborda el tema de la competencia en el ámbito jurisdiccional civil. La competencia objetiva es fundamental para determinar qué juzgado o tribunal debe conocer un asunto en primera instancia. Se basa en tres criterios: la persona, la materia y la cuantía. La competencia por razón de la persona se aplica a cargos públicos aforados, como el Presidente del Gobierno. La competencia por razón de la materia se asigna a los Juzgados de Primera Instancia y otros según la especialización. La cuantía se utiliza cuando otros criterios no son aplicables. La falta de competencia puede llevar a la nulidad del proceso. También se mencionan cambios recientes en la competencia de los juzgados de lo Mercantil. El texto también trata sobre la competencia territorial y funcional en asuntos legales en España. La competencia territorial se establece en función de dos criterios: fueros legales imperativos y convencionales. Los fueros legales imperativos se aplican a casos específicos, como acciones reales sobre bienes inmuebles o indemnización de daños por accidentes de tráfico. Los fueros convencionales permiten a las partes someterse a la jurisdicción de un tribunal específico. La sumisión puede ser tácita o expresa. Además, se prohíbe la sumisión en ciertos casos. La competencia funcional determina qué tribunal atiende a incidentes, recursos y ejecución de sentencias en un caso. La falta de competencia puede ser cuestionada mediante la declinatoria. La declinatoria suspende el proceso hasta su resolución y permite alegar y aportar pruebas. Los recursos contra decisiones sobre competencia son posibles, con la apelación para la falta de competencia internacional, jurisdicción y sumisión al arbitraje, y el recurso de reposición para rechazos de estas objeciones.
This text addresses the topic of jurisdictional competence in civil matters. Objective competence is essential in determining which court should handle a case in the first instance. It is based on three criteria: the person, the subject matter, and the amount in dispute. Competence by reason of the person applies to immune public officials, such as the President of the Government. Competence by reason of the subject matter is assigned to the Courts of First Instance and others based on specialization. The amount in dispute is used when other criteria are not applicable. A lack of competence can lead to the nullity of the proceedings. Recent changes in the competence of the Mercantile courts are also mentioned in the text. The text also deals with territorial and functional competence in legal matters in Spain. Territorial competence is determined based on two criteria: mandatory and conventional legal jurisdictions. Mandatory legal jurisdictions apply to specific cases, such as real actions involving real estate or traffic accident compensation. Conventional jurisdictions allow parties to submit to the jurisdiction of a specific court. Submission can be tacit or express. In addition, submission is prohibited in certain cases. Functional competence determines which court handles incidents, appeals, and the enforcement of judgments in a case. Lack of competence can be challenged through a motion to decline jurisdiction. The motion to decline jurisdiction suspends the proceedings until its resolution and allows for arguments and the presentation of evidence. Appeals against decisions regarding competence are possible, with an appeal for lack of international competence, jurisdiction, and submission to arbitration, and a motion for reconsideration for rejections of these objections."
Descripción : Capítulos en libros
URI : http://hdl.handle.net/11531/78042
Aparece en las colecciones: Artículos

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