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http://hdl.handle.net/11531/95199
Título : | La suspensión de Derechos (Tema 14) |
Autor : | Álvarez Vélez, María Isabel |
Fecha de publicación : | 9-sep-2024 |
Editorial : | Dykinson (Madrid, España) |
Resumen : | El texto aborda los estados de suspensión de derechos en situaciones excepcionales bajo la Constitución Española de 1978. Estos estados se activan cuando la normalidad democrática se ve alterada, siendo los más relevantes el estado de alarma, excepción y sitio, regulados en el artículo 116 de la Constitución y en la Ley Orgánica 4/1981. El estado de alarma se aplica en casos de catástrofes o crisis sanitarias sin suspender derechos, pero con limitaciones. El estado de excepción se decreta cuando se alteran gravemente el orden público o las libertades ciudadanas, permitiendo la suspensión de derechos fundamentales. Finalmente, el estado de sitio se reserva para situaciones de extrema gravedad como insurrecciones, otorgando poderes extraordinarios al gobierno y ampliando la competencia de los tribunales militares. El artículo también menciona la posibilidad de suspender derechos de manera individualizada, introducida por el artículo 55.2 de la Constitución, principalmente en respuesta al terrorismo, con controles judiciales y parlamentarios. The text discusses the suspension of rights in exceptional situations under the 1978 Spanish Constitution. These states are triggered when democratic normality is disrupted, with the most relevant being the state of alarm, exception, and siege, regulated in Article 116 of the Constitution and Organic Law 4/1981. The state of alarm applies in cases of natural disasters or health crises without suspending rights, though it limits their exercise. The state of exception is declared when public order or citizens' freedoms are seriously disrupted, allowing for the suspension of fundamental rights. Finally, the state of siege is reserved for extreme situations like insurrections, granting extraordinary powers to the government and extending military tribunal jurisdiction. The text also mentions the possibility of individualized suspension of rights, introduced by Article 55.2 of the Constitution, primarily as a response to terrorism, with judicial and parliamentary oversight. |
Descripción : | Capítulos en libros |
URI : | http://hdl.handle.net/11531/95199 |
Aparece en las colecciones: | Artículos |
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