Mostrar el registro sencillo del ítem

dc.contributor.authorClaro Quintans, Irenees-ES
dc.date.accessioned2017-06-08T07:48:04Z
dc.date.available2017-06-08T07:48:04Z
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11531/18751
dc.description.abstractVivimos en Europa durante estos últimos años una situación que ha puesto en tela de juicio la protección real y efectiva de los derechos humanos y ha hecho visible la falta de ambición de las Instituciones europeas y de los Estados miembros. El derecho de asilo, reconocido como un derecho fundamental en las legislaciones nacionales y en el artículo 18 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, no se protege de forma adecuada. Sin embargo, el reconocimiento efectivo de su naturaleza de derecho fundamental podría servir para hacer frente a la crisis de los refugiados. No en vano los derechos fundamentales se constituyen en un límite a la acción de los Estados miembros de la Unión. Éstos deben respetar en sus actos todos los principios constitucionales de la UE, incluida la protección de los derechos fundamentales. La sentencia de 2011 N. S. y M. E. y otros (C-411/10 y C-493/10) del TJUE lo afirma de manera rotunda y, más adelante en 2017, el abogado general Mengozzi sigue su estela en el asunto X., X. (C-638/16 PPU). Sus Conclusiones entreabren la puerta a una vía de acceso segura y legal para quienes necesitan protección internacional. Una vía distinta a la prioritaria del reasentamiento, que parece casi la única opción barajada hasta ahora por las instituciones europeas. Puerta que el Tribunal de Luxemburgo parece haber cerrado de golpe en su sentencia de 7 de marzo de 2017. En este contexto, la presente comunicación examinará parte de la jurisprudencia que ha servido para delimitar el contorno del derecho de asilo en la UE y, por tanto, en sus Estados miembros. Dicho examen nos servirá para evaluar cuál es el grado de protección efectiva de este derecho fundamental y el papel que puede desempeñar el TJUE en la crisis actual de refugiados.es-ES
dc.description.abstractThis paper examines the recent jurisprudence of the European Court of Justice regarding asylum law in the European Union. On 7 March 2017, the CJEU announced its judgement in case C-638/16 PPU (X.X. against Belgium) and dashed all hopes for an extensive interpretation of the EU Visa Code in the light of the EU Charter of Fundamental Rights. Contrary to what the Advocate General Mengozzi argued in his conclusions, the Court seems to close the door to the protection of asylum seekers rights. This paper analyses the role played by the Court of Luxembourg in this sense.en-GB
dc.format.mimetypeapplication/pdfes_ES
dc.language.isoes-ESes_ES
dc.rightsCreative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada Españaes_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/es/es_ES
dc.title¿Puede convertirse la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de Luxemburgo en una respuesta a la crisis de refugiados europea?es_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/workingPaperes_ES
dc.description.versioninfo:eu-repo/semantics/draftes_ES
dc.rights.holderes_ES
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.keywordsDerecho de asilo; Tribunal de Justicia de la Unión Europea; jurisprudencia.es-ES
dc.keywordsAsylum law; European Court of Justice; jurisprudence.en-GB


Ficheros en el ítem

Thumbnail

Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

Mostrar el registro sencillo del ítem

Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada España
Excepto si se señala otra cosa, la licencia del ítem se describe como Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada España